El Gobierno nacional dispuso un Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) para trabajadores informales y monotributistas de las primeras categorías en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus, según informó Anses.

De acuerdo con lo informado por el diario
Clarín
, ¿quiénes lo cobrarán y cuándo?:  

1- ¿Quiénes lo cobrarán?

Según el decreto, podrán cobrarlo los argentinos nativos/as o naturalizados/as y residentes con una residencia legal en el país no inferior a 2 años y que tengan edades entre 18 y 65 años. Comprende a las personas desocupadas, quienes se desempeñan en la economía informal, los monotributistas de las categorías “A” y “B”, monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares.

2- ¿Se puede cobrar más de uno por familia?

No. Sólo uno de los miembros del grupo familiar podrá cobrarlo. Esto significa, por ejemplo, que en una pareja de monotributistas, ambos de la Categoría A o B, o uno categorizado en A y otro en B, los $ 10 mil serán percibido sólo por uno de ellos. El titular de la Anses, Alejandro Vanoli, hizo esa aclaración ante 
Clarín
.

3- ¿Cuándo se cobrará?

El artículo 3 del decreto 310 establece que el Ingreso Familiar de Emergencia de $ 10 mil se abonará por única vez en el mes de abril del corriente año. Sin embargo, si la cuarentena se extiende, el Gobierno dijo que podría repetirse.

4- ¿Cómo hay que hacer para cobrarlo?

Vanoli aclaró que “en los próximos días, a principios de abril, va a estar el aplicativo para inscribirse desde cualquier celular o computadora. Los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo no tienen que hacer ningún trámite. Van cobrarlo en sus cuentas directamente. El resto, incluidos los monotributistas, deberá inscribirse a través de la web y registrar una CBU bancaria.  Los pocos que no tienen cuenta bancaria podrán percibirlo a través del correo”.

5- ¿Las empleadas y empleados domésticos cobrarán el subsidio de 10 mil pesos?

Sí. Inicialmente, si estaban registrados o en blanco, no lo iban a cobrar. Pero, luego, el Gobierno dio marcha atrás e incluyó en el beneficio a todo el personal de casas de familia.

6- ¿Todas las familias que tengan algún monotributista de las clases A o B podrán cobrarlo?

No. No se percibirá el subsidio si el titular o algún miembro de la familia es monotributista de la categoría C o superiores, cobra planes sociales que no sean la AUH, es personal doméstico registrado, percibe la prestación por desempleo, los jubilados y pensionados y trabajadores del sector público o privado.

7- ¿El beneficio se otorga automáticamente a cualquier trabajador que cobre “en negro”?

No a todos. En forma previa al otorgamiento de esta prestación, la Anses “realizará evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos que fije la reglamentación, con el fin de corroborar la situación de real necesidad del individuo y de su grupo familiar”.

8- ¿Puede cobrar el subsidio el trabajador que tenga una casa o un auto a su nombre?

No todos. Anses evaluará la situación de los que tienen propiedades o autos por encima de ciertos valores, rentas financieras o gastos superiores a determinados montos en tarjetas de débito o de crédito.

Pesos. Imagen ilustrativa. (Pixabay.com)